Enel caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas nos encontramos con el concepto de ganancias patrimoniales no justificadas y en el caso ElRegistro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) –órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España– ha presentado el documento sobre la campaña de Renta y Patrimonio 2022 en el que repasa las novedades normativas, doctrinales y jurisprudenciales de los impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, Además mediante la Ley 7/2012, de 29 de octubre, se ha procedido a la modificación del art. 39 de la Ley del IRPF (ganancias patrimoniales no justificadas) y del art. 134 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (bienes y derechos no contabilizados o no declarados: presunción de obtención de rentas), al objeto de incluir expresamente en este concepto Nose computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes: Las no justificadas. Las debidas al consumo. Las debidas a transmisiones lucrativas por actos «inter-vivos» o a liberalidades. Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período. Sumario 1. Introducción, 2. Esquelas de citación por inconsistencia patrimonial, 3. Diez (10) acciones a seguir ante la comunicación de inconsistencia patrimonial. 1. Introducción El artículo que compartimos a continuación analiza los principales aspectos que deben tener en cuenta los contribuyentes ante la notificación sancionadoren supuestos de ganancias patrimoniales no justificadas y de presunción de obtención de rentas con este tenor literal: La aplicación de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Elproblema llega cuando las operaciones de ingresos o retiradas de efectivo no se pueden justificar. Según dicta la Ley 10/2010 de 28 de abril de prevención del blanqueo de capitales, Hacienda tiene la posibilidad de aplicar multas que comienzan en los 60.000 y alcanzan los 150.000 euros. En definitiva, lo que se persigue es el fraude fiscal Llegael 31 de diciembre y habrá que presentar la foto de las carteras de inversión ante la AFIP, a fin de ver si uno debe pagar o no impuesto a los Bienes Personales u otros tributos. Por ello Portodo ello, la Inspección afirma que no puede ser tenida en cuenta la alegación del demandante, siendo procedente el incremento de patrimonio no justificado de 21.252.000 ptas. El fallo ratifica íntegramente la posición de la Administración, puesto que, aparte la calificación que merece la naturaleza de las operaciones descritas, no Módulo3 - Lectura 1. 06 Guía I1 Justificaciones. StudeerSnel B.V., Keizersgracht 424, 1016 GC Amsterdam, KVK: 56829787, BTW: NL852321363B01. impuestos 1-15 Justificación cuadro de variaciones patrimoniales dr: da origen al de variaciones en su declaración anual, los contribuyentes deben consignar. C7xO.